De acuerdo a la Resolución de INAES Nro. 4733/2013 (hace click para acceder al texto completo) todas las Cooperativas que tengan en sus Estatutos prevista la opción de prestación de Créditos, independientemente que realicen o no realicen dichas operaciones deberán presentar en un plazo de 90 días una declaración Jurada en INAES.
La declaración Jurada se debe presentar en forma electrónica y en soporte papel firmado por todos los integrantes del Consejo de Administración y Síndicos.
Las Cooperativas que además presten efectivamente el servicio de crédito, deberán dictar el reglamento del servicio de acuerdo lo establece la Resolución INAES 7207/2012.
Derecho Cooperativo Argentino