Dr. Ariel Casanova

Abogado. Profesor en Ciencias Juridicas. Investigador.
Miembro de la Asociación Internacional de Derecho Cooperativo - Universidad de Deusto.




Intimaciones de INAES por la Resolución 5586 de 2012

17 abril 2013 0 comentarios y opiniones

El INAES ha emitido intimaciones a las Cooperativas en cuyo objeto social se incluye el "crédito" a fin que den cumplimiento al Articulo 2º de la Resolución  5586 de 2012 ( Ver Resolución 5586/12 en Derecho Cooperativo Argentino).

De acuerdo a las norma citada y la Resolución UIF 11/12 solo las Cooperativas que realizan, efectivamente,  operaciones en la sección de crédito deben cumplir con el Articulo 2º de dicha norma. 

Esta situación ya ha sido advertida al INAES y las Cooperativas que resulten intimadas por tener en su objeto social la sección "créditos" pero que no realicen este tipo de operaciones deben realizar el descargo oportunamente indicando que no corresponde el cumplimiento del articulo 2º por esa razón.

Para todas aquellas cooperativas que si se encuentren comprendidas dentro del articulo 2º de la Resolución 5586/12, es importante que tengan en cuenta que desde el mes de noviembre de 2012 se encuentra delineada por parte de INAES la documentación técnica que deberán cumplir para la transmisión electrónica  de los datos (Ver Derecho Cooperativo Argentino del 20/11/2012) 


Derecho Cooperativo Argentino.

Proyecto para una década cooperativa

18 marzo 2013 0 comentarios y opiniones

La Alianza Cooperativa Internacional aprobó el Proyecto para una Década Cooperativa durante la Asamblea General Extraordinaria que tuvo lugar en Manchester el 31 de octubre.

El documento ha sido redactado por Cliff Mills y Will Davies, del Centro de Empresas Mutualistas y Propiedad de los Empleados, Universidad de Oxford, bajo la orientación del 

Grupo de Trabajo sobre Planificación de la Alianza Cooperativa Internacional.

Los integrantes del Grupo de Trabajo de Planificación son: Stéphane Bertrand, Desjardins (Canada), Nelson Kuria: CIC Insurance Group (Kenya), Zhang Wangshu: All China Federation of Supply y Marketing Co-operatives (China), Mark Craig: The Co-operative Group (UK) y Dame Pauline Green: Presidenta de la Alianza Cooperativa Internacional.

EL documento señala que al finalizar 2012 la Alianza Cooperativa Internacional (ACI) festejará la culminación del Año Internacional de las Cooperativas proclamado por las 
Naciones Unidas, pero que, al mismo tiempo, celebrará el inicio de una campaña global para elevar a un nuevo nivel el modelo empresarial cooperativo.

El ambicioso plan descrito en este Proyecto –conocido, además como el "Desafío 2020"– se propone que en el año 2020 el modelo empresarial cooperativo se haya consolidado como:

- El líder reconocido de la sostenibilidad económica, social y medioambiental
- El modelo preferido por la gente
- El tipo de organización empresarial de más rápido crecimiento



El documento señala que pocas veces los argumentos en favor de las cooperativas se vieron más fuertes que ahora en 2012, pero advierte que "a menos que haya una acción concertada en los próximos años, el momento se perderá. En 2020, tendreemos que ser capaces de mirar hacia atrás, al 2012 como un punto de inflexión para el movimiento cooperativo".

El Plan se divide en cinco capítulos, cada uno de los cuales aborda una de las diversas formas en que las cooperativas pueden ser exitosas en los próximos diez años.

El documento concluye afirmando que "las ideas cooperativas funcionan, pero la mayor parte de la gente no lo sabe en la actualidad. Es por eso que este Proyecto es un plan ambicioso para aclarar el mensaje cooperativo y transmitirlo a una comunidad global que actualmente no puede imaginar lo que puede lograr el cooperativismo".

Para ingresar en el borrador del proyecto hacer click aquí

Fuente: ACI Americas

Importante Herramienta de Derecho Cooperativo Argentino

17 enero 2013 0 comentarios y opiniones


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por DERECHO COOPERATIVO ARGENTINO

INAES no tendrá atención al público en Enero 2013

30 noviembre 2012 0 comentarios y opiniones

El INAES mediante la Resolución  6863 de fecha 30 de Noviembre de 2012, dispuso la suspensión de la atención al público para el mes de enero de 2013, conjuntamente con la suspensión de los términos administrativos.


Derecho Cooperativo Argentino.

Transmisión electrónica de Asociados. Res. Nº 5586 / 12

20 noviembre 2012 0 comentarios y opiniones


Transmisión electrónica de Asociados. Res. Nº 5586/12.
PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO

Ya se encuentra disponible en el sitio de INAES la documentación técnica para la transmisión electrónica de datos masivos, para cumplir con Resolución 5586 de 2012, para acceder a la documentación haga click sobre ella:











DIMENSIONES DEL COOPERATIVISMO

09 noviembre 2012 0 comentarios y opiniones


Mucho se habla, y casi nada se escribe sobre cooperativismo actual, DIMENSIONAR al Cooperativismo, es mostrar su alcance, su importancia y su magnitud. Existen diferentes aspectos, pero al menos los tres que desarrollaremos son los más importantes e inclusivos de los demás, la dimensión económica, la dimensión social y la dimensión personal.

 
Cuando hablamos de la DIMENSION PERSONAL es para establecer que cada uno que forma parte del cooperativismo no pierde su individualidad, en todo caso pierde su individualismo, que no es lo mismo. El cooperativismo no es una doctrina colectivista, donde todo es impersonal, es necesario romper el primer paradigma que muchos tienen sobre el cooperativismo, en la doctrina cooperativista no existe vinculaciones políticas de izquierda, dicho esto, es bueno aclarar que tampoco de derecha. No hay participación política de las mismas, porque que no es en las cooperativas un ámbito adecuado para el ejercicio de la política. 

 

Respecto de la DIMENSION SOCIAL vincula a la cooperativa  en tres aspectos, el primero en  la relación que tiene con sus asociados, en segundo lugar la que tiene con sus colaboradores y la tercera y última la que tiene con la comunidad en donde actúa. Esto es escindible, no existe una cooperativa que tenga buena relación con sus asociados y se lleve mal con sus colaboradores, con su comunidad, o que se lleve mal con los asociados pero que le importe la sociedad o el bienestar de sus colaboradores.  La dimensión social de las cooperativas que funcionan correctamente y del cooperativismo es, además, INTEGRAL, conforma un círculo social virtuoso. 

 
Por último la DIMENSION ECONOMICA decanta por las anteriores, la economía es el motor de las dimensiones anteriores. La economía no es buena ni mala, depende como se ejerza, y por eso la DIMENSION ECONOMICA del cooperativismo se enmarca dentro de la económica social, ya se está empezando a escuchar cada vez más seguido los movimientos de “comercio justo o comercio equitativo” “economía solidaria” etc.

 
Para entender las cosas lo primero que tenemos que hacer es no negarles su entidad, y la economía es y será parte de todas las sociedades, el tema es como llevarla adelante. El comunismo fracasó, esto está claro, y el capitalismo agoniza, es hora de darnos espacio a los que ofrecemos otra opción.


Resolución de INAES Nº 6.086/2012

11 octubre 2012 0 comentarios y opiniones

El INAES ha dictado la Resolución 6086 orientada a la revisión de las suspenciones de las autorizaciones para funcionar de Cooperativas y Mutuales que no cumplieron oportunamente con los relevamientos y actualizaciones.

Transcribimos el texto:
Art. 1 - Las mutuales y cooperativas que hayan sido suspendidas en su autorización para funcionar mediante resolución 3369/2009, modificada por la resolución 1464/2010, y que aún se encuentren en dicha situación podrán presentarse a solicitar la revisión de la medida como máximo hasta el día 31 de octubre de 2012.
Art. 2 - La Secretaría de Registro Nacional de Cooperativas y Mutuales, a través del servicio informático, emitirá un listado de las cooperativas y mutuales que se encuentran comprendidas en los artículos 1 y 2 de la resolución 3369/2009 y que soliciten la revisión de la medida al 31 de octubre de 2012.
Art. 3 - La nómina establecida en el artículo anterior deberá ser puesta en conocimiento de la Secretaría de Contralor a los fines establecidos en la resolución 3369/2009.
Art. 4 - El listado mencionado en el artículo 2 de la presente deberá ser comunicado a la Coordinación General del Consejo Federal y Regionales a los efectos que haga saber a los órganos locales competentes las cooperativas y mutuales, con domicilio en su jurisdicción, comprendidas en las previsiones de esta resolución.
Art. 5 - El Directorio del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social podrá tratar de oficio y por vía de excepción a las prescripciones de la presente resolución, aquellos casos que así lo ameriten, teniendo en cuenta la importancia de la prestación de los servicios que brinden para su comunidad, sus características de vulnerabilidad social o su objeto social.
Art. 6 - Facúltase a la Presidencia del Directorio del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social a reglamentar todas aquellas cuestiones que resulten conducentes para el cumplimiento del objeto de la presente resolución.
Art. 7 - De forma.