A partir del día 20 de enero de 2012, fecha de publicación en el Boletín Oficial, entran en vigencia las Resoluciones 11/2012 y 12/2012 de la Unidad de Información Financiera, conocida como UIF.
Las mismas establecen las medidas y procedimientos que las cooperativas y mutuales que realicen operaciones de crédito deberán observar para prevenir, detectar y reportar los hechos actos, operaciones u omisiones que pudieran constituir delitos de la Lavado de activos y financiación del terrorismo, ello en la resolución 11.
En tanto la Resolución 12/2012 establece las medidas y procedimientos, en el mismo sentido, que deberá observar el INAES (Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social).
Para obtener los textos de las Resoluciones, haga click sobre ellas:
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