Documentación asamblearia por TAD
Ahora la documentación pre y pos asamblearia de cooperativas
puede enviarse a través de la plataforma de Trámites a Distancia.
El INAES sigue trabajando para facilitar a las entidades la
realización de trámites y avanzar en el camino de la despapelización, es por
esto que se habilitó la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) para la
presentación de la documentación previa y posterior a las asambleas ordinarias
y extraordinarias, contemplada en los artículos 41,48, 56 y cc. de la Ley N°
20337 y resoluciones concordantes de esta autoridad de aplicación.
La documentación que se presente por Trámites a Distancia (TAD) debe ser digitalizada
sobre originales de primera generación y consecuentemente son considerados
originales con idéntica eficacia y valor probatorio que sus equivalentes en
soporte papel, en los términos del Decreto Nº 1131/16 y el artículo 293 y
concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación.
La información que las cooperativas brinden en los términos
de la presente resolución, reviste el carácter de declaración jurada en los
términos contemplados en los artículos 109 y 110 del Decreto Nº 1759/72 (TO
894/17).
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