Dr. Ariel Casanova

Abogado. Profesor en Ciencias Juridicas. Investigador.
Miembro de la Asociación Internacional de Derecho Cooperativo - Universidad de Deusto.




INAES no tendrá antención al publico en Enero de 2014.

10 diciembre 2013 0 comentarios y opiniones

El INAES dispuso por la resolución 4.274/2013 la suspensión de la atención al publico y de los términos administrativos para el mes de Enero de 2014.

D.C.A.

Prorrogan por 4 períodos fiscales el pago del Fondo para la Educación y Promoción Cooperativa

22 octubre 2013 0 comentarios y opiniones

Mendiante la sanción de la Ley 26.897 y su publicación en el Boletín Oficial de hoy, 22 de Octubre de 2013, quedó formalizada la prorroga del Fondo para la Educación y Promoción Cooperativa por cuatro (4) periodos fiscales.

De esta manera en el articulo 6º de la Ley 23.427 que sustituida la expresión "veintiocho (28) períodos fiscales" por la expresión "treinta y dos períodos fiscales"


Derecho Cooperativo Argentino.

Derecho Cooperativo en el Colegio de Abogados

20 septiembre 2013 0 comentarios y opiniones


El día 16 de Octubre de 2013  a las 14:30 se realizará la Jornada de Derecho Cooperativo en el Colegio de Abogados de Lomas de Zamora, "Derecho Cooperativo: Nuevos alcances, incumbencias profesionales"

Disertantes:
Dr. Carlos Farías, Doctor en Derecho -Profesor Adjunto de Derecho Cooperativo y Mutual de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario. Miembro del Instituto Argentino de Investigaciones Sociales. 

Dr.Ariel Leonardo Casanova, Abogado, Prof. de Ciencias Jurídicas - Universidad del Salvador. Miembro del Instituto de Dcho. Cooperativo C.A.L.Z., Referente Técnico de la Confederación de Cooperativas de Argentina (COOPERAR) y miembro de la AIDC -Universidad de Deusto.

Dr. Horacio Gustavo Rodríguez. Abogado, Profesor titular de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora, Director del Instituto de Dcho. Cooperativo y Mutual del Colegio de Abogados de Lomas de Zamora, docente UAI.




Temario: Derecho Cooperativo, incumbencias profesionales, arbitraje cooperativo, nuevas incumbencias, aplicación de principios cooperativos a las empresas comerciales.

INFORMES E INSCRIPCIÓN 
Área Académica CALZ
Larroque 2360 PB Banfield – Horario de 9.00 a 15.00 hs
areaacademica@calz.org



6 SIGNOS DE FRACASO DE UNA COOPERATIVA

26 julio 2013 0 comentarios y opiniones

A menudo escuchamos en cada Congreso, Seminario o Curso sobre cooperativismo, las virtudes casi ilimitadas que presentan las cooperativas y la economía social, congresos que por otra parte se hacen entre cooperativistas, lo que refleja uno de los grandes temas pendientes del movimiento cooperativista, la apertura y el desafío de la visibilidad, pero no son estos los tema a tratar en este articulo sino los signos del fracaso de una cooperativa. Porque tanta virtud esgrimida termina, a veces, en fracasos rotundos. He aquí alguno de los signos:

Incapacidad de escuchar “al otro”.
“Sin otro, el ser humano no puede identificarse como un Sí mismo”

La empatía no es algo que abunde en la sociedad, la capacidad de ponerse en el lugar del otro es, cada vez, más difícil de encontrar.
Cuando las Cooperativas se vuelven egocéntricas, principalmente en cabeza de los Consejos de Administración,  e incapaces de pensar puertas afuera de lo que construyen con la auto-referencia permanente, pierden no solo la empatía, sino la visión de la realidad que les ocurre a su alrededor.
Pero como la realidad sucede de todos modos, muy probablemente ante una crisis se abandone, temporalmente, el marco auto-referencial, para enfrentar el problema, casi siempre con el pensamiento que representa el segundo de los signos de fracaso, y que se desarrolla a continuación: 

Buscar siempre culpables ajenos a los problemas propios.
Nada mejor para asegurar un fracaso que no realizar autocritica.

La inmodestia hace que primero, y a veces únicamente, se busquen por fuera a los culpables de los problemas que inevitablemente se crean cuando no se puede escuchar o referenciarse en la realidad.
Ante un hecho, en vez de buscar soluciones se busca y hurga en la vida de quien lo planteó, se elucubran segundas intenciones en cada una de las acciones o reacciones de los demás. Las criticas por el tema y si las hay por temas ya caducos, pero que nunca son abandonados del todo, resultan oportunas para “estigmatizar al mensajero”.
Esta práctica habitual es común en cooperativas incapaces de realizar su propio análisis, de poder reconocer su torpeza y corregirla. Eso nos lleva directamente al siguiente signo:

Falta de objetividad en la toma de decisiones.
Si los signos anteriores pueden resultar sutiles, la subjetividad de una cooperativa que fracasa es inescondible.
La persistencia de tomar decisiones sin elementos objetivos que permitan una correcta evaluación de cada decisión es la bandera dogmatica e inclaudicable de quienes defienden un modelo de cooperativa cerrada y, podríamos decir, “antigua”.
La frase común de “según la cara” podría aplicarse a este signo, no es lo mismo un planteo de trabajo de los “príncipes” que de los “mendigos”. Pero a no desesperar, la movilidad en las estructuras cooperativas que fracasan es rápida, tanto de mendigos a príncipes, como de príncipes a mendigos. La falta de objetividad al menos funciona bidireccionalmente.
 Y si no tienen objetividad, consecuentemente –y vamos a otro signo – tienen:

Incapacidad de priorizar.
En las estructuras cooperativas de las que estamos hablando es más fácil discutir un mega proyecto de inversión que el color de las cortinas del salón de actos.
Probablemente lleve más tiempo, y energía y genere más roces internos las cuestiones más ínfimas que las de relevancia.
Las reuniones se corresponden, fervientemente, con el Principio de Pareto[1], el 80 % del tiempo se inutiliza en temas menores y restante 20 % del tiempo se toman las decisiones de los temas relativos a la verdadera marcha de las cooperativas.
Y si de decisiones se trata, parece que una de ellas, está muy presente en las cooperativas que fracasan y en las otras también:

Política de Recursos Humanos: Bajos salarios y responsabilidad que no se paga.
Si las cooperativas que fracasan, y sus Consejos de Administración, por la falta de empatía se vuelven egocéntricos, es lógico que consecuentemente se vuelvan egoístas.
En algunas cooperativas –la verdad es que en muchas- la ausencia de fin de lucro, como principio rector de la institución, se aplica primero y exclusivamente a sus empleados, claro “la caridad bien entendida comienza por casa”.
Es común, y a la vez triste, ver como discursivamente se enarbola la bandera de la igualdad y como ello  contrasta con la realidad de las cooperativas, porque eso de “igual trabajo, igual remuneración” quedó salteado en los estatutos.
Los salarios abonados en las cooperativas no guardan, ni por lejos, relación con los salarios del sector privado.
El modo de “compensar” que encuentran las cooperativas que fracasan, es, en primer lugar inventar puestos de supuesta importancia, y realizar los nombramientos al estilo Enrique VIII,  
Este honorable Consejo de Administración ha decidido, en uso de las facultades estatutarias, y en función del loable desempeño visto, el nombramiento de Fulano de Tal, como SubEncargado del turno Noche de la Sección Proveeduría

Ahora bien cuando el “SubEncargado del turno Noche de la Sección Proveeduría” va al supermercado resulta que con el título nobiliario[2] no prospera el pago de sus compras, y la realidad económica se torna frustrante.
En segundo lugar, cuando se otorgan aumentos ante la innegable, o para las cooperativas que fracasan no tan innegable, realidad, esos aumentos tienen dos características esenciales, nunca son directos, es decir van en cuotas e ítems rebuscados, y menos aun son proporcionados, quienes tienen puestos de responsabilidad, recibirán menos que el ultimo colaborador que ingreso a la cooperativa la semana anterior.
Si de salario se trata, las cooperativas no son una propuesta tentadora, pero menos si le sumamos otro de los signos, tristemente claros, de las cooperativas que fracasan:

Le va bien al que hace las cosas mal.
Podría interpretarse como error de escritura, pero no, otro signo inequívoco de fracaso es la Ley que enuncia “cuanto peor lo hagas mejor te va a ir”.
No es premiando al que mejor trabaja, y no se queja, como se logra el fracaso de una cooperativa.
Habitualmente al que mejor trabaja se lo necesita para “subsidiar” al que peor trabaja, pero seguramente es uno de los que más se queja.
Como se ha visto la falta de objetividad colabora, y mucho en este signo, pero lo primordial es que las cooperativas que fracasan prefieren las buenas noticias, cualquier signo de conflicto les representa la necesidad de negarlo, no importa demasiado la “justicia” en la resolución, solo que desaparezca y en eso tampoco importa tener empleados “becados” ante la posibilidad que ser ecuánimes les genere conflicto.


Estos signos son en definitiva, la punta de iceberg, los que a la luz resalta, pero cuando comienzan a penetrar en las organizaciones cooperativas, son los que rápidamente las destruyen.





[1] Pareto enunció el principio basándose en el denominado conocimiento empírico . Estudió que la gente en su sociedad se dividía naturalmente entre los «pocos de mucho» y los «muchos de poco»; se establecían así dos grupos de proporciones 80-20 tales que el grupo minoritario, formado por un 20% de población, ostentaba el 80% de algo y el grupo mayoritario, formado por un 80% de población, el 20% de ese mismo algo.

[2] Un título nobiliario es un privilegio legal concedido desde antiguo, que distingue a los miembros de la nobleza.

Jornada de Derecho Cooperativo

03 julio 2013 0 comentarios y opiniones

En el marco preparatorio del Congreso Continental de Derecho Cooperativo de la ACI Américas, que se llevara a cabo en el mes de Octubre en Sau Paulo - Brasil, COOPERAR organiza una jornada de Derecho Cooperativo el día 18 de Septiembre de 2013 en el Centro Cultural de la Cooperación, Corrientes 1.543 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Para informes y presentación de ponencias -en este ultimo caso antes del 16 de agosto de 2013- se pueden dirigir por mail a derechocooperativo@cooperar.coop

D.C.A.
Derecho Cooperativo Argentino


Intimaciones de INAES por la Resolución 5586 de 2012

17 abril 2013 0 comentarios y opiniones

El INAES ha emitido intimaciones a las Cooperativas en cuyo objeto social se incluye el "crédito" a fin que den cumplimiento al Articulo 2º de la Resolución  5586 de 2012 ( Ver Resolución 5586/12 en Derecho Cooperativo Argentino).

De acuerdo a las norma citada y la Resolución UIF 11/12 solo las Cooperativas que realizan, efectivamente,  operaciones en la sección de crédito deben cumplir con el Articulo 2º de dicha norma. 

Esta situación ya ha sido advertida al INAES y las Cooperativas que resulten intimadas por tener en su objeto social la sección "créditos" pero que no realicen este tipo de operaciones deben realizar el descargo oportunamente indicando que no corresponde el cumplimiento del articulo 2º por esa razón.

Para todas aquellas cooperativas que si se encuentren comprendidas dentro del articulo 2º de la Resolución 5586/12, es importante que tengan en cuenta que desde el mes de noviembre de 2012 se encuentra delineada por parte de INAES la documentación técnica que deberán cumplir para la transmisión electrónica  de los datos (Ver Derecho Cooperativo Argentino del 20/11/2012) 


Derecho Cooperativo Argentino.

Proyecto para una década cooperativa

18 marzo 2013 0 comentarios y opiniones

La Alianza Cooperativa Internacional aprobó el Proyecto para una Década Cooperativa durante la Asamblea General Extraordinaria que tuvo lugar en Manchester el 31 de octubre.

El documento ha sido redactado por Cliff Mills y Will Davies, del Centro de Empresas Mutualistas y Propiedad de los Empleados, Universidad de Oxford, bajo la orientación del 

Grupo de Trabajo sobre Planificación de la Alianza Cooperativa Internacional.

Los integrantes del Grupo de Trabajo de Planificación son: Stéphane Bertrand, Desjardins (Canada), Nelson Kuria: CIC Insurance Group (Kenya), Zhang Wangshu: All China Federation of Supply y Marketing Co-operatives (China), Mark Craig: The Co-operative Group (UK) y Dame Pauline Green: Presidenta de la Alianza Cooperativa Internacional.

EL documento señala que al finalizar 2012 la Alianza Cooperativa Internacional (ACI) festejará la culminación del Año Internacional de las Cooperativas proclamado por las 
Naciones Unidas, pero que, al mismo tiempo, celebrará el inicio de una campaña global para elevar a un nuevo nivel el modelo empresarial cooperativo.

El ambicioso plan descrito en este Proyecto –conocido, además como el "Desafío 2020"– se propone que en el año 2020 el modelo empresarial cooperativo se haya consolidado como:

- El líder reconocido de la sostenibilidad económica, social y medioambiental
- El modelo preferido por la gente
- El tipo de organización empresarial de más rápido crecimiento



El documento señala que pocas veces los argumentos en favor de las cooperativas se vieron más fuertes que ahora en 2012, pero advierte que "a menos que haya una acción concertada en los próximos años, el momento se perderá. En 2020, tendreemos que ser capaces de mirar hacia atrás, al 2012 como un punto de inflexión para el movimiento cooperativo".

El Plan se divide en cinco capítulos, cada uno de los cuales aborda una de las diversas formas en que las cooperativas pueden ser exitosas en los próximos diez años.

El documento concluye afirmando que "las ideas cooperativas funcionan, pero la mayor parte de la gente no lo sabe en la actualidad. Es por eso que este Proyecto es un plan ambicioso para aclarar el mensaje cooperativo y transmitirlo a una comunidad global que actualmente no puede imaginar lo que puede lograr el cooperativismo".

Para ingresar en el borrador del proyecto hacer click aquí

Fuente: ACI Americas

Importante Herramienta de Derecho Cooperativo Argentino

17 enero 2013 0 comentarios y opiniones


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por DERECHO COOPERATIVO ARGENTINO